Atribuciones

El Consejo Consultivo de Gobierno Abierto de los sujetos obligados tendrá las siguientes atribuciones:

I. Fungir como la instancia de apoyo, consulta y asesoramiento de los Sujetos Obligados, para la formulación, seguimiento y evaluación del Plan de Gobierno Abierto;
II. Establecer los lineamientos generales de actuación;
III. Solicitar la información que estimen necesaria al Órgano Garante sobre los asuntos que se encuentren en trámite o haya resuelto el mismo, con la finalidad de coadyuvar en las acciones propias del Consejo Consultivo;
IV. Participar de manera activa en la creación del Plan de Gobierno Abierto;
V. Analizar, evaluar y emitir recomendaciones sobre el Plan de Gobierno Abierto;
VI. Promover la transparencia, participación ciudadana y colaboración interinstitucional, que genere nuevos canales de comunicación entre gobierno y ciudadanía que favorezca el debate público; y
VII. Impulsar políticas públicas en materia de Gobierno Abierto y sobre comunicación gubernamental;