Xalapa, Ver., a 16 de enero del 2025.- En la Sesión Extraordinaria celebrada este jueves, El Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI) resolvió 33 expedientes, de los cuales 29 corresponden a recursos de revisión, 3 a Denuncias de Incumplimiento de Obligaciones de Transparencia (DIOTs), 1 Verificación Oficiosa.
Durante su intervención, la Comisionada Naldy Patricia Rodríguez Lagunes expuso el acuerdo IVAI-REV/1713/2024/I, el cual se propone revocar la respuesta del sujeto obligado Comisión Municipal de Agua Potable y Saneamiento de Xalapa, porque durante el procedimiento inicial, el sujeto obligado entregó información de manera distinta a la que requerida por la parte recurrente.
Relacionado con el acceso a análisis físico-químicos de aguas residuales, fundamentales para la protección del medio ambiente y la salud pública.
En este caso, la persona solicitante requirió información sobre los análisis realizados por la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales I, desde 2014 hasta octubre de 2024, conforme a las normas oficiales mexicanas NOM-001-SEMARNAT-1996 y NOM-001-SEMARNAT-2021. El objetivo de esta solicitud es mejorar el control de operación en el tratamiento de aguas residuales, un tema de relevancia en la gestión ambiental y sanitaria.
Rodríguez Lagunes destacó que el acceso a esta información fortalece el derecho a un medio ambiente sano y refuerza los compromisos adquiridos por México con el Acuerdo de Escazú, que busca garantizar la transparencia en asuntos ambientales.
Al advertir que la Comisión Municipal de Agua Potable y Saneamiento de Xalapa no justificó la entrega de información en un formato distinto al solicitado, el IVAI resolvió que debe proporcionar los análisis físico-químicos requeridos en los términos establecidos por la persona recurrente.
Además, se sostiene la competencia de este Instituto conforme al Decreto en materia de simplificación administrativa publicado el 20 de diciembre de 2024, asegurando la continuidad de sus resoluciones en tanto se realicen las adecuaciones normativas correspondientes.
En tanto, el titular de la Dirección de Asuntos Jurídicos, Ángel Guillermo Cárdenas Santos, dio cuenta al Pleno con 01 proyecto que comprende el mismo número expediente radicado en la ponencia II, integrado con motivo de la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentada en contra de la Secretaria de Educación de Veracruz.
En el proyecto se propone declarar infundada la denuncia porque contrario a lo señalado por la persona denunciante, y en lo que fue materia de análisis, se advirtió la correcta publicación de las obligaciones de transparencia.
se dio cuenta con 01 proyecto que comprenden 02 expedientes radicados en la ponencia II y su acumulado con motivo de las denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentadas en contra del Ayuntamiento de Paso del Macho.
En el proyecto se propone declarar fundadas las denuncias porque de las constancias que obran en los expedientes, se acreditó el incumplimiento denunciado, proponiendo a este Pleno sancionar las conductas con el apercibimiento, y ordenar a los sujetos obligados, la publicación de las fracciones denunciadas, conforme a los Lineamientos aplicables y en los términos que se justifican en los proyectos de Resolución.
Por otra parte, se dio cuenta con 01 proyecto radicado en la Ponencia II, con motivo de la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentada en contra del Ayuntamiento de Cerro Azul.
En el proyecto se propone declarar parcialmente fundada la denuncia, en virtud de que si bien se localizó información publicada, lo cierto es que existen criterios que no son acordes con lo exigido por los Lineamientos que regulan las correspondientes obligaciones de transparencia; por lo que se propone ordenar la correcta publicación en términos de la consideración final de los proyectos de resolución.
Finalmente, Cárdenas Santo dio cuenta con 01 proyecto de acuerdo de incumplimiento que corresponde al expediente de verificación oficiosa del año 2024 relativo al sujeto obligado el Instituto Tecnológico Superior de Perote.
En el expediente en mención, con fundamento en lo establecido por los artículos 32, último párrafo, 252, fracción I, y 257 de la Ley de Transparencia del Estado de Veracruz, se propone al Pleno de este órgano que se sancione la conducta con la amonestación pública, siendo innecesario realizar la individualización de la sanción en virtud de que constituye la pena mínima.