Derivado del acuerdo aprobado en la sesión del Pleno de este Instituto, llevada a cabo el día 8 de mayo del año en curso, mediante el cual se aprobó el procedimiento para el registro, turnado, sustanciación y seguimiento a las resoluciones de los recursos de revisión emitidas por el Pleno del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en los sistemas de gestión de medios de impugnación y de comunicación entre el Organismo Garante y Sujetos Obligados del Estado de Veracruz, se pone a disposición el acuerdo en mención, el Manual de SICOM, la relación de preguntas frecuentes, así como los video tutoriales donde se muestra como realizar el procedimiento en el Sistema de Comunicación entre el Organismo Garante y los Sujetos Obligados (SICOM) dentro de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT).
Acuerdo-ODG-SE-31-18-05-2021
Estimados Sujetos Obligados del Estado de Veracruz.
P r e s e n t e s
Con fundamento en los artículos 6, inciso A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 49, 50 y Octavo Transitorio de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 6 párrafos siete, ocho y nueve de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 1, 9, 10, 11 fracciones XII, XIII y XIV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz; se les notifica la Gaceta Oficial del Estado de número extraordinario 202, en la que se publica el Acuerdo ODG/SE-31/18/05/2021 mediante el cual se aprobó la incorporación del IVAI y de los sujetos obligados de Veracruz al Sigemi – Sicom, así como el Procedimiento para el Registro, Turnado, Sustanciación y Seguimiento de los Recursos de Revisión Tramitados ante el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
Dicho Acuerdo entrará en vigor a partir del día Lunes 24 de mayo del año en curso y contempla, inicialmente, la atención de los recursos de revisión que sean interpuestos a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, por lo que, los alegatos, pruebas, desahogo de requerimientos, manifestación de voluntad para conciliar en los asuntos en materia de protección de datos personales o cualquier otra comunicación con el IVAI, será realizada por el SICOM, salvo que no existan las condiciones técnicas o legales para ello.
En cuanto a los medios de impugnación formulados por cualquiera de las vías consideradas en el artículo 157 de la Ley de Transparencia Local, estos seguirán siendo atendidos por la vía ordinaria, buscándose su transición de manera paulatina y ordenada al nuevo sistema SIGEMI-SICOM.
Además, los recursos interpuestos hasta antes de la fecha de entrada en vigor del presente acuerdo, continuarán su trámite en el Procedimiento Ordinario de registro, turnado, sustanciación y seguimiento vigente.
Gac2021-202-Viernes-21-TOMO-II-Ext