Usar teclado para desplazarse
Menú Accesible (CTRL+M)x
Usar teclado para desplazarseTeclado
Utilizar lectura de pantallaVoz(Insert+↓)
Cambiar contrasteContrastes
Iluminar hipervínculosHipervínculos
Cambiar tamaño de textoTamaño Texto
Separar textoEspacios
Detener animacionesSin Animaciones
Texto legibleTexto Legible
Tamaño de punteroPuntero
Línea de lecturaLínea de Lectura
Posición
Reiniciar ajustesReiniciar
Links del portal X

Artículo 24. Información adicional

Para determinar la información adicional que publicarán todos los sujetos obligados de manera obligatoria, los Organismos garantes deberán:

I. Solicitar a los sujetos obligados que, atendiendo a los lineamientos emitidos por el Sistema Nacional, remitan el listado de información que consideren de interés público;

II. Revisar el listado que remitió el sujeto obligado con base en las funciones, atribuciones y competencias que la normatividad aplicable le otorgue, y

III. Determinar el catálogo de información que el sujeto obligado deberá publicar como obligación de transparencia.;

 


 
Dirección de
Capacitación
y Vinculación
Ciudadana
08 de julio
de 2019
30 de junio
de 2019