- Se argumentó que se trataba de información reservada, pero no se justificó ni se siguió el procedimiento administrativo para su clasificación
Xalapa, Ver.- El Pleno del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI) ordenó a un sujeto obligado entregar información solicitada por una persona respecto a los animales que se encuentran bajo resguardo, en un parque público de la ciudad de Xalapa, argumentando que se trataba de información reservada.
Durante la sesión pública extraordinaria celebrada este martes, en la que se resolvieron en definitivo 132 expedientes, de los cuales, 95 correspondieron a recursos de revisión, 36 a denuncias por incumplimiento de obligaciones de transparencia y una investigación por presunta vulneración de datos personales, la comisionada presidenta Naldy Patricia Rodríguez Lagunes, se reservó para su análisis dos asuntos.
Se trata de quejas ciudadanas similares en contra del ayuntamiento de Xalapa, en las que un usuario pide información sobre los animales que habitan en el parque de Los Tecajetes, y otra sobre el reporte o acta de deceso de dos ejemplares del mismo lugar, pues están bajo resguardo de la autoridad municipal.
Para dar respuesta a las solicitudes, la Dirección de Medio Ambiente remitió a la Unidad de Transparencia un acta de reserva de la información, en la que se clasificó información distinta a la solicitada y que corresponde a otro espacio público donde también existen animales bajo el resguardo de la autoridad capitalina.
En ambos casos, el Pleno del IVAI aprobó revocar la respuesta proporcionada, motivando esta resolución bajo la premisa de que los sujetos obligados no pueden emitir acuerdos de carácter general o particular que clasifiquen documentos como reservados, ni clasificar información antes de que ésta sea generada o sin que obre en sus archivos.
“No puede utilizarse una reserva de información realizada con anterioridad a la solicitud de información, sino que las solicitudes que formulen los ciudadanos deben analizarse caso por caso. Además, se observa que se trata de información pública que debe resguardar el sujeto obligado derivado de las funciones que realiza”, apuntó Rodríguez Lagunes.
Con este determinación, el IVAI da cumplimiento a tratados internacionales ratificados por las autoridades y que adquieren relevancia constitucional, lo que los hace observancia obligatoria y, al tratarse de un tema de cuidado de medio ambiental, estrechamente ligado a un tema de salud y vida de las personas, se considera valiosa la información y el IVAI debe garantizar el acceso a la misma.
Los comisionados David Agustín Jiménez Rojas y José Alfredo Corona Lizárraga, por su parte, también se pronunciaron sobre un Recurso de Inconformidad de Acceso a la Información (RIA) que se resolvió acatando una determinación del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), aún cuando éste resulta contrario a sus propios criterios, pues el ciudadano argumenta haber recibido respuesta de forma parcial, pues en su solicitud pedía desglosar información por fecha, municipio, descripción de cada asunto, dependencias aludidas, informe de seguimiento y además en un formato electrónico.