Ordena IVAI a INVIVIENDA y al Ayuntamiento de San Andrés transparentar información a ciudadanos

+++ De acuerdo con los Comisionados Naldy Patricia Rodríguez Lagunes y José Alfredo Corona Lizárraga, en ninguno de los casos se cumplió con información accesible, confiable, verificable, veraz y oportuna

Xalapa, Ver., a 28 de septiembre de 2023.- El Pleno del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI) ordenó al Instituto Veracruzano de la Vivienda y al Ayuntamiento de San Andrés Tuxtla modificar sus respuestas a las solicitudes de transparencia requeridas por la ciudadanía, con la finalidad de que se atiendan las necesidades del derecho de acceso a la información de toda persona.

El primer caso corresponde al expediente IVAI-REV/1801/2023/I con relación al estatus que guarda el trámite de la escrituración de cada una de las viviendas que fueron reubicadas a los beneficiarios de las afectaciones en la localidad de Xixitla del municipio de Ixhuacán de los Reyes, tras un deslave en Barranca Grande, en septiembre de 2008.

“En el caso en particular, aunque en la queja sólo se señaló que no se respondió cuál es el estatus actual del procedimiento de regularización de las viviendas’, es posible advertir que si bien el sujeto obligado brindó una respuesta relacionada con lo requerido, también lo es que contiene información incompleta e imprecisa, sin la documentación soporte que avale lo informado”, destacó la comisionada del IVAI Naldy Patricia Rodríguez Lagunes.

En su exposición, la Comisionada recordó que tras la Declaratoria de Desastre Natural respectiva los habitantes de esa zona fueron reubicados casi un año después a la localidad de Xixitla, en Ixhuacán de los Reyes, “sin embargo, hasta la fecha, las familias afectadas no han recibido las escrituras de las viviendas”.

Esta situación motivó a quienes habitan en ese lugar en calidad de poseedores, a realizar una solicitud de información para conocer “el estatus que guarda el trámite de la escrituración de cada una de sus viviendas, como beneficiarios del programa social de regularización del conjunto habitacional”.

“De manera inicial, INVIVIENDA señaló que trabajan en coordinación varias áreas de ese instituto para que tengan información que les permita “iniciar con el procedimiento de regularización”. Lo que causó agravio a los recurrentes”, advirtió Rodríguez Lagunes.

En ese sentido, mencionó que en materia de acceso a la información pública puede aplicarse la suplencia de la queja en favor del solicitante, como una herramienta procedimental que pueden utilizar las instituciones encargadas de tutelar este derecho para corregir cualquier error o deficiencia del agravio por parte de la persona recurrente, considerando el principio pro persona.

De acuerdo con el artículo 13 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se establece que la entrega de información debe garantizar que ésta sea accesible, confiable, verificable, veraz, oportuna y atienda las necesidades del derecho de acceso a la información de toda persona, por lo que resulta evidente que en la información proporcionada por parte de INVIVIENDA no se reunieron todos esos elementos.

“Si bien los afectados con las lluvias y deslave fueron reinstalados a nuevas viviendas, lo cierto es que después de 14 años, los antiguos pobladores de Barranca Nueva y Nueva Villa aún no cuentan con un instrumento notarial con el cual se dé certeza jurídica de que la propiedad que habitan es suya”, apuntó la Comisionada y titular de la Ponencia I, Naldy Rodríguez Lagunes.

Ante esto, el Pleno del IVAI votó a favor a modificar la respuesta brindada por el sujeto obligado a efecto de que: previo trámite ante la Gerencia Jurídica, Gerencia de Planeación Estratégica de la Vivienda, Gerencia de Construcción y Mejoramiento de la Vivienda y/o Área que por sus atribuciones pudieran contener la información, entregue la documentación sobre el estatus que guarda el procedimiento de regularización de los beneficiarios de las viviendas que se ubican en la localidad de Xixitla del municipio de Ixhuacán de los Reyes.



Por su parte, el Comisionado José Alfredo Corona Lizárraga puso a consideración del pleno el expediente IVAI-REV/1871/2023/III, donde un particular pide al Ayuntamiento de San Andrés Tuxtla un listado de los procedimientos sustanciados por la Comisión de Honor y Justicia Municipal.

En este sentido, se detalla que el Ayuntamiento otorgó respuesta en el procedimiento de acceso a través del Director de Seguridad Pública Municipal, pero sin especificar qué área del Ayuntamiento resguarda la información.

Es por ello que el Comisionado Corona Lizárraga propuso al Pleno modificar la respuesta, proporcionada por el sujeto obligado, para que realice una búsqueda exhaustiva ante los integrantes de la Comisión de Honor y Justicia Municipal, y proporcione en su caso lo requerido, considerando que si hubiese información susceptible de clasificación, misma que deberá ser sometida al Comité para que a través de este proceda en los términos que dispone la Ley de Transparencia.

Por otra parte, en la sesión ordinaria celebrada este jueves, el Pleno del IVAI resolvió 133 expedientes, de los cuales 118 corresponden a recursos de revisión y 15 corresponden a Denuncias de Incumplimiento de Obligaciones de Transparencia (DIOTs).

En tanto el titular de la Dirección de Asuntos Jurídicos, Carlos Martín Gómez Marinero, da cuenta al Pleno con 15 proyectos de resolución más 2 acumulados, que en su totalidad comprenden 17 expedientes de denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia correspondientes al año 2023.

En principio, se da cuenta con 10 proyectos que comprenden 12 de expedientes radicados en las ponencias I, II y III, identificados con los números IVAI-DIOT/518/2023/II, IVAI-DIOT/520/2023/I, IVAI-DIOT/521/2023/II, IVAI-DIOT/570/2023/III, IVAI-DIOT/571/2023/I, IVAI-DIOT/572/2023/II y su acumulado (IVAI-DIOT/574/2023/I), IVAI-DIOT/576/2023/III y su acumulado (IVAI-DIOT/577/2023/I), IVAI-DIOT/578/2023/II, IVAI-DIOT/579/2023/III y IVAI-DIOT/581/2023/II  integrados con motivo de las denuncias por incumplimiento a la publicación de obligaciones de transparencia presentadas en contra de los Ayuntamientos de Acultzingo, Acatlán,  Atzalan, Cosoleacaque, Hidalgotitlán, Las Choapas, Naranjos Amatlán,  y Soledad de Doblado; así como del Sindicato de Trabajadores al Servicio del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz.

También se da cuenta con 4 proyectos que comprenden  por igual número de expedientes radicados en las ponencias I y III, identificados con los números IVAI-DIOT/516/2023/III, IVAI-DIOT/517/2023/I, IVAI-DIOT/519/2023/III y IVAI-DIOT/559/2023/I con motivo de las denuncias por incumplimiento a la publicación de obligaciones de transparencia presentadas en contra de los Ayuntamientos de Actopan, Benito Juárez, Magdalena y Mariano Escobedo.

En tercer lugar, se da cuenta con 1 proyecto identificado con el número IVAI-DIOT/580/2023/I con motivo de la denuncia por incumplimiento a la publicación de obligaciones de transparencia en contra del Ayuntamiento de Cerro Azul.

En dichos proyectos se propone declarar como infundadas las denuncias porque contrario a lo señalado por las personas denunciantes, sí se advirtió la publicación de la información acorde a los Lineamientos Técnicos Generales, aplicables a la fracción objeto de denuncia.